Balseros aéreos |
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Por mar o por aire, los cubanos siguen lanzándose al vacío sin que les importe nada ni nadie. |
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por LUIS MANUEL GARCíA, Sevilla |
Parte 2 / 3 |
En 1999, 178 cubanos solicitaron asilo en el aeropuerto de Madrid. En 2000, se cuadruplicó la cifra, hasta 801. En 2001, unos 3000 lograron quedarse en España por la misma vía. De las 3273 solicitudes de asilo que tramitó el año pasado la comisaría de Barajas, el 90% fueron presentadas por cubanos en escala hacia Moscú, según estimaciones de la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR). Sólo en los dos primeros meses de 2002, la cifra de "embarajados" ascendió a 709, 1715 solicitudes de asilo desde septiembre hasta enero de 2002. El día 14 de marzo, 49 cubanos, llegados en dos vuelos, pidieron asilo, con lo que ascienden a 282 en una semana las peticiones de asilo, de las que 182 han logrado su "permiso de entrada", un documento que les permite ingresar en territorio español.
Como en su día la popularidad de Suecia, el boom Barajas responde a una grieta oportuna. Según un antiguo convenio entre la URSS y Cuba, los cubanos no necesitan un visado para viajar a Rusia, sólo una carta de invitación de un nativo de ese país. Por lo general se trata de rusas residentes en Cuba, casadas con cubanos que estudiaron allí, quienes invitan a todos cuantos deseen conocer la Plaza Roja, por 20 módicos dólares. Quien cobra a precio de bolsa roja es el Estado cubano: 100 dólares por legalizar la carta, 50 por el pasaporte y 150 por el permiso de salida (la conocida tarjeta blanca, que recuerda la carta de libertad del siglo XIX). Quienes aspiran a "embarajarse", adquieren entonces un pasaje Habana-Madrid-Moscú-Madrid-Habana, y se quedan sin conocer la momia de Lenin, porque al trasbordar al vuelo de Aeroflot, solicitan asilo.
España por lo general no se los concede. La Dirección General de Asilo y Refugio, dependiente de la Delegación del Gobierno para la Extranjería, suele rechazar su petición —de acuerdo a las convenciones internacionales, carecen de pruebas que les permitan demostrar su condición de perseguidos—. En su lugar, se les otorga asilo humanitario, una figura contemplada por el artículo 25.4 de la Ley de Extranjería.
El estatuto de asilo humanitario, que abarca a personas cuyos países se hallan en una situación económica de emergencia, les da un plazo de 60 días para encontrar un trabajo y regularizar su situación. En caso contrario, deberán abandonar el país.
En la práctica, ni un solo cubano ha sido deportado. Aún así, este documento no les permite regularizar su situación, otorgándoles el derecho a vivir como ilegales o, en palabras del Colegio de Abogados de Madrid, "les deja en una enorme indefensión". "Están introduciendo irregulares con el consentimiento del Ministerio del Interior", señala Sebastián Sánchez, del turno de Extranjería del Colegio de Abogados de Madrid. Al no tener visado de residencia, los cubanos deberían solicitar exención de visado. Si se lo concedieran, en un mes tendrían que presentar una oferta de empleo, un certificado de que no hay trabajadores europeos o extranjeros residentes que solicitan ese empleo, y con ello solicitar permiso de residencia y trabajo. Para obtener sólo residencia, deberán tener una cuenta bancaria ascendente a unos 21.500 euros. Para todo ello disponen de tres meses. Si lo consiguen en un año es tiempo récord.
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